|
El gobierno y administración de la Asociación estarán a cargo de los siguientes organos colegiados:
- La Asamblea General de socios/as (Organo supremo)
Integrada por la totalidad de socios y socias, es el organo de expresión de la voluntad de estos/as. Se reunirán en sesiones ordinarias y extraordinarias (cuando así lo acuerde la Junta Directiva), sin perjuicio de la validez de las asambleas universales. Son competencias de la Asamblea General los acuerdos relativos a:
- La modificación de los Estatutos.
- La elección y ratificación de los miembros de la Junta Directiva y de los demás organos rectores.
- La disolución de la Asociación, en su caso.
- La fusión, federación y confederación con otras Asociaciones, o el abandono de algunas de ellas.
- El cese de los miembros de la Junta Directiva cuando finalice el periodo de su cargo.
- Las demás expresamente indicadas en los Estatutos.
|