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¡¡¡ SOLICITA TUS DERECHOS ¡¡¡

Ordenanzas Fiscales.-

Teniendo en cuenta que en ocasiones no hacemos valer nuestros derechos por desconocimiento, hemos extraído de las ordenanzas fiscales municipales aquella que consideramos de más interés para nuestros asociados/as, a fin de que las personas interesadas puedan solicitar la bonificación que le corresponda.

Impuesto municipal sobre vehículos :

EXENCIONES :

Están exentos los vehículos a nombre de minusválidos para su uso exclusivo. Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad, como a los destinados a su transporte.

Esta exención no se aplicará por más de un vehículo por titular.

  A efectos de lo dispuesto en esta letra, se considerarán personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por ciento

  Para poder optar a esta exención las personas titulares de los vehículos, que deberán figurar empadronados en este Municipio, deberán solicitar la exención del impuesto por escrito en el Registro General de este Ayuntamiento, acompañando a la petición escrita los siguientes documentos:

  • Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo.
  • Fotocopia del Certificado de características técnicas del vehículo.
  • Original del Certificado emitido por Gizartekintza u Organismo o Administrativa que le sustituya.
  • Fotocopia del permiso de conducir de la persona minusválida. En caso de que no disponga de permiso de conducir, deberá justificar el destino del vehículo matriculado a su nombre.
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